Tema: La mediación de conflictos, la disciplina
y el perdón en la iglesia
Base Bíblica: Mateo 18:15-35
Introducción
Los pasajes de estudio deben ser
comprendidos e interpretados a la luz del contexto que los precede. La iglesia
sería establecida sobre la persona del
Mesías, es decir, sobre Jesús. Su muerte sería el pago con el cual el pueblo
que vino a salvar sería redimido. Todos y cada uno de los hijos del reino lo
son por el milagro de la regeneración, obrada por Dios Espíritu Santo, siendo renacidos
como niños pequeños, por la palabra de Dios. Por cuanto Jesús vino a salvar a
los que por su gracia procederían al arrepentimiento, los discípulos debían
recibir también con gozo a cada uno de aquellos pequeñitos que el Señor tomaría
en su reino.
El texto a considerar expone la forma en la
que debían ser resueltas las diferencias dentro de la iglesia o del reino de
Dios (Mateo 18:23). Jesús, ya había hablado de la autoridad conferida al
liderato de su iglesia para juzgar sobre la base de su palabra (Mateo 16:19).
Exposición del texto
Mateo 18:15-22 corrige el error de la frase “nadie tiene el derecho de
juzgarme, solo Dios”, estableciendo las siguientes verdades:
1- Ser cristiano es más que profesar una
creencia, pues es un cambio en la manera de vivir. Esto incide grandemente en la
manera en la que el verdadero creyente se relaciona con Dios y con los demás.
2- Ser cristiano no significa que solo Dios
juzgará mis acciones, sino que mis hermanos en la fe también son llamados a hacerlo
y que el liderato de la congregación a la que pertenecemos tiene la autoridad
para retirar de la comunión de la congregación a quien no se arrepienta.
Por tanto, si tu hermano peca contra ti, ve y repréndele estando tú y él solos; si te oyere, has ganado a tu hermano. (Mateo 18:15)
La introducción de “Por tanto”
indica que el texto que sigue debe ser considerado a lo previamente expuesto.
El enunciado “si tu hermano peca contra
ti, ve y repréndele” implica lo siguiente:
- Los pecados no deben pasar por desapercibidos cuando son cometidos, ya que deben ser confrontados. Es preciso entender que no debemos ofendernos por cualquier cosa.
- Quien ha sido ofendido o herido por el pecado de otro hermano, es quien debe ir y reprender a su hermano. Los chismes no deben tener cabida en la comunidad de fe, así como tampoco la ofensa basada en suposiciones o interpretaciones subjetivas.
La expresión “si te oyere, has ganado a
tu hermano” significa que Dios espera que aquel que ha violado el carácter
y el estilo de vida de los hijos del reino se arrepienta y que exista perdón
por parte del ofendido o agraviado.
Mateo 18:16-17 presenta el debido proceso a seguir con alguien que al ser
confrontado con su pecado no se arrepiente.
Si no los oyere a ellos, dilo a la iglesia; y si no oyere a la
iglesia, tenle por gentil y publicano. (Mateo 18:17)
Quien no respete o se someta a la autoridad
delegada a los ancianos para corregir y disciplinar en la iglesia tampoco se
somete a Dios, por lo que tal persona podía ser considerada como un “gentil y
publicano”. En otras palabras, que sea considerado como un no creyente.
De cierto os digo que todo lo que atéis en la tierra, será atado en
el cielo; y todo lo que desatéis en la tierra, será desatado en el cielo.
(Mateo 18:18)
El “atar y desatar” era entendido por los
judíos como la autoridad que poseían los rabinos de aprobar o desaprobar algo, de
acuerdo con la ley o el principio regidor de la misma. Jesús les delegó dicha
autoridad a sus apóstoles.
Y a ti te daré las llaves del reino de los cielos; y todo lo que
atares en la tierra será atado en los cielos; y todo lo que desatares en la
tierra será desatado en los cielos. (Mateo 16:19)
La autoridad para quitarle la hermandad a
una persona en la comunidad de fe debe darse únicamente cuando el proceso se ha
seguido según establecido, lo que implica un proceso justo, no solo para el
ofendido, sino también para el ofensor o agresor.
21 Entonces se le acercó Pedro y le dijo: Señor, ¿cuántas veces
perdonaré a mi hermano que peque contra mí? ¿Hasta siete? 22 Jesús le dijo: No
te digo hasta siete, sino aun hasta setenta veces siete. (Mateo 18:21-22)
Es importante recordar que todo proceso de
reprensión a un hermano en la común fe debe hacerse como sigue:
- Debe hacerse, en primer lugar, de manera individual.
- Debe llevarse a cabo con la finalidad de restablecer la relación afectada.
- Debe haber arrepentimiento por parte del que pecó, así como también debe haber perdón por el hermano agraviado.
La contestación de Jesús a Pedro significa que
siempre que exista arrepentimiento y la promesa de retribución por el daño del
agresor, debe también haber perdón genuino por parte del ofendido.
Resalta el hecho de que la expresión
“setenta veces siete” hace referencia al perdón tal y como es presentado en
Daniel 9:24, donde se anuncia que, dentro de 70 semanas, el Mesías Príncipe
aparecería para traer el perdón completo al remanente anunciado en el Antiguo
Testamento que vendría a salvar.
Mateo 18:23-35 muestra una parábola cuyo único propósito es exponer la razón, por
la que debe haber siempre perdón por parte del ofendido hacia el pecador.
Conclusión
Ser creyente o un hijo del reino conlleva
privilegios y responsabilidades. Ser cristiano involucra no solamente el
arrepentimiento inicial por la desobediencia y los pecados cometidos contra
Dios, sino que, además, comprende una vida de arrepentimiento cuando el mismo
es confrontado con su pecado, ya sea por Dios Espíritu Santo o por su hermano
en la fe. Los verdaderos creyentes se arrepienten de sus pecados y deben
aprender a resolver sus ofensas con sus hermanos de una manera justa y en amor.
Por: Pastor Gilberto Miguel Rufat
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